Entidad o Sociedad Patrimonial

Tabla de contenidos

¿Estás pensando constituir una sociedad patrimonial? Conoce todos los detalles.

Casi todos los días recibimos llamadas preguntándonos sobre este tipo de sociedades, y es que, si lo que se pretende es proteger el patrimonio inmobiliario de una persona, una sociedad patrimonial o entidad patrimonial es la figura correcta.

Con este post, Desde Trilus Asesores Economistas, queremos dar respuesta a aquellas cuestiones que más preocupan a los interesados:

  • ¿Qué es una sociedad patrimonial o entidad patrimonial?
  • ¿Qué tipos de sociedades patrimoniales existen?
  • ¿Cuándo interesa constituir una sociedad patrimonial?
  • ¿Cuáles son los pasos para constituir una sociedad patrimonial?

¿Qué es una sociedad patrimonial o entidad patrimonial?

Se tratan de entidades con personalidad jurídica cuyo objeto, exclusivamente, es la gestión de bienes muebles o inmuebles, sin la realización de ninguna otra actividad económica. Es decir, se dedica a la administración de un patrimonio.

En este punto, resulta relevante indicar que la entidad patrimonial no es un tipo de sociedad específica, sino que se trata de una sociedad “normal” con ciertas singularidades fiscales.

Concretamente, según el artículo 5.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, estaremos ante una entidad patrimonial cuando más de la mitad de su activo debe estar constituido por valores o no esté afecto, en los términos del apartado anterior, a una actividad económica. En otras palabras, para el caso que nos ocupa, que más de la mitad de los bienes de la sociedad sean inmuebles sin un trabajador que los gestione.

¿Qué tipos de entidades patrimoniales existen?

Las sociedades patrimoniales más habituales son las siguientes:

Entidad patrimonial de tenencia de inmuebles.

Este tipo de patrimonial posee una serie de inmuebles, entre uno y ocho inmuebles, destinados a su explotación como arrendamiento de larga temporada o de uso turístico. A partir de 8 inmuebles, incluso antes, y en función del destino que se le dé al arrendamiento, podríamos plantearnos la posibilidad de acogernos al Régimen fiscal especial para las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda.

Entidad patrimonial de tenencia de valores. 

En este caso, la sociedad posee valores o participaciones con los que realiza operaciones de compra-venta sin disponer de una estructura empresarial ni trabajadores contratados. Es decir, en ningún caso podríamos considerar a este tipo de sociedad como una Holding Mixta al carecer de actividad.

¿Cuándo constituir una entidad patrimonial o sociedad patrimonial?

Si lo que pretende es diversificar riesgos y mejorar la fiscalidad de su patrimonio inmobiliario, desde ya.

Diversificación de riesgos

si le preocupa su patrimonio inmobiliario y quiere protegerlo, este tipo de entidades le permite separar el patrimonio personal del patrimonio empresarial. Por ejemplo, puede serle muy útil cuando realice una actividad por cuenta propia, ya que ante posibles embargos elimina el riesgo de que el patrimonio societario pueda verse afectado.

Fiscalidad de las entidades patrimoniales

al tributar en el Impuesto sobre Sociedades el tipo será del 25%, con independencia del volumen de rentas obtenidas, mientras que en IRPF podría llegar hasta el 49%. Además, no se tributará por los inmuebles no arrendados como sí se hace en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

¿Cuáles son los pasos para constituir una sociedad patrimonial?

Como hemos comentado anteriormente, una sociedad patrimonial no se trata de una forma societaria especial, es decir, el proceso sería el mismo que para cualquier otro tipo de sociedad

  1. Solicitud del nombre de la Sociedad al Registro Mercantil Central
  2. Apertura de cuenta bancaria a nombre de la futura sociedad y aportación del capital social mínimo en la misma.
  3. Elaboración de los Estatutos Sociales.
  4. Obtención del NIF provisional.
  5. Constitución de la Sociedad mediante Escritura Pública ante Notario.
  6. Inscripción de la Sociedad en el Registro Mercantil.
  7. Solicitud del NIF definitivo.
  8. Alta en el censo de empresarios

 

Ante la constitución de una Sociedad, ya sea una entidad patrimonial o no, siempre recomendamos que una Asesoría para Pymes y Sociedades estudie el punto de partida y el objetivo final. De esta forma, se podrá determinar el beneficio que podrá conseguirse con la constitución de una sociedad.

Si necesitas constituir una entidad patrimonial o deseas conocer si te interesa hacerlo, no dudes en contactarnos.

CONTACTA CON NOSOTROS

¡Síguenos en RRSS!

Comparte

Otros artículos